Circular : 046
Destino : Afiliados Beneficiarios del Subsidio Familiar
Asunto : Notificación de Prescripción del Subsidio Familiar
Fecha : 07/05/2026

La Caja de Compensación Familiar Cajacopi Atlántico en cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º de la Ley 21 de 1982 que dice: "ARTÍCULO 6º. Las acciones correspondientes al subsidio familiar prescriben en los términos del Código Sustantivo del Trabajo…" y a lo indicado en el artículo 488 del Código sustantivo de Trabajo que transcribe: "ARTICULO 488. REGLA GENERAL. Las acciones correspondientes a los derechos regulados en este código prescriben en tres (3) años, que se cuentan desde que la respectiva obligación se haya hecho exigible, salvo en los casos de prescripciones especiales establecidas en el Código Procesal del Trabajo o en el presente estatuto".

Notifica a los trabajadores afiliados que se relacionan a continuación que sus subsidios monetarios no cobrados y cuya vigencia es de 3 años, se les aplicará la prescripción:

CÉDULAS
3742959 8796957 22517355 22657135 32611569 32647071
32789666 44153332 1010033154 1042996737 1043115393 1045713984